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Justificación Subvención nominativa a entidades públicas o privadas para fomentar una actividad o interés municipal por convenio

Es objeto de los convenios con entidades públicas o privadas para fomentar una actividad o interés municipal regular la colaboración del Ayuntamiento de Padrón con las Asociaciones que tienen prevista una subvención directa en los presupuestos.

Tienen carácter de subvención directa, no sujeta al régimen de concurrencia competitiva, no siéndole, por lo tanto, de aplicación las normas de convocatoria, concurrencia y publicidad.

El plazo estará abierto desde el 01/01 al 31/10 (inclusive).

A través de medios electrónicos, conforme establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administracións públicas.

El plazo de presentación de justificaciones

La justificación de la subvención percibida deberá realizarse, como máximo, antes del 31 de octubre de la anualidad, presentando para cuyo fin, facturas originales u otros documentos de valor probatorio equivalente y con validez en el tráfico jurídico mercantil que acrediten los gastos realizados, y que deberán de importar, como mínimo, la cuantía de la subvención concedida.

El IVA no se considerará en ningún caso subvencionable.

El pago de los gastos subvencionables, deberá acreditarse mediante transferencia bancaria, cheque nominativo, cargo, ingreso en cuenta o cualquiera otra modalidad de pago bancario, siempre que en todo caso quede identificada la persona ordenante (perceptora de la subvención) y la persona beneficiaria (proveedora del bien o servicio); no obstante, para los pagos de gasto que no excedan de 150 euros, abondará con el recibí del perceptor insertado en el propio documento de gasto.

El plazo estará abierto desde el 01/01 al 31/10 (inclusive).

1) Comprometerse a dar la publicidad del presente convenio con el Ayuntamiento de Padrón por esta colaboración.

2) Justificar el cumplimiento del objetivo y la realización de las actividades que fundamentaron la concesión de la ayuda. La subvención deberá ser destinada exclusivamente para los fines para los que fue concedida, quedando expresamente prohibida cualquier alteración de destino no autorizada por el Ayuntamiento.

3) Someterse, cuando así se le requiera, a las actuaciones de comprobación y control financiero por parte de la Intervención General del Ayuntamiento.

4) Comunicar al Ayuntamiento a obtención de cualquiera otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que financie la actividad que se subvenciona, sin que, en ningún caso, el importe de las subvenciones pueda ser de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos, supere el costo de la actividad subvencionada. Esta comunicación se realizará tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

5) Autorizar al Ayuntamiento de Padrón para obtener las certificaciones de las administraciones tributarias corresponsales y de la Tesorería de la Seguridad Social en las que se acredite que se encuentra al corriente en sus deberes.

6) Deberá presentarse una declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas que determina el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

7) Acreditar a la persona física que tiene competencia suficiente para ostentar la representación legal de la Asociación y, por lo tanto, para firmar el presente convenio y asumir las tareas de justificación de la subvención. Dicta acreditación se hará mediante certificado del Secretario de la Asociación.

8) Deberá presentarse certificación bancaria del número de cuenta a nombre de la Entidad beneficiaria en el que debe hacer el ingreso de la subvención.

9) Conservar los documentos justificativos de los fondos percibidos, así como la documentación contable que le sea exigida en su legislación aplicable, con el fin de facilitar las actuaciones de comprobación y control.

Debe realizarse mediante el procedimiento de Aportación de Documentación con la siguiente documentación:

Nombre: Justificación de subvención nominativa a entidades públicas o privadas para fomentar una actividad o interés municipal por convenio

Inicio del procedimiento:
A Instancia de parte.

Tipo de interesado:
Entidades sin ánimo de lucro.

Carácter silencio administrativo:
Según normativa.

Tasas/Impuestos: No aplica.

Canales de atención:
Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.

Más información: correo@padron.gal