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Detalle trámite

Comunicación previa de inicio o modificación de actividad

La Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad presentada cumpliendo con todos los requisitos constituye un acto jurídico que, de acuerdo con la ley, habilita para el inicio de la actividad o la apertura del establecimiento y faculta la Administración pública para verificar la conformidad de los datos que se contienen en ella.

Deberá especificar si no fueron necesarias obras o se finalizaron las previamente autorizadas o comunicadas con el fin de poner en marcha una nueva actividad (o con el de modificar sustancialmente una actividad previamente autorizada/declarada/comunicada).

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática, podrá descargar el impreso o impresos desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s para presentar.

  • Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad.
  • En el caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad del representante y el solicitante, con la autorización escrita de ese último o copia de poder para representarlo.
  • Memoria explicativa de la actividad que se pretende realizar, con la manifestación expresa del cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos.
  • Proyecto y documentación técnica que resulte exigible según la naturaleza de la actividad o instalación.
  • La autorización o declaración ambiental que proceda.
  • Las autorizaciones y los informes sectoriales que sean preceptivos, junto con la manifestación expresa de que se cuenta con todos los necesarios para el inicio de la obra, instalación o actividad.
  • Alta censal en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • Justificante de pago de tasas según la/s ordenanza/s vigente/s. (ver)

Nombre: Comunicación Previa de Inicio o Modificación de Actividad.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Tasas/Impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.